PSOE y PP acuerdan que la norma proteja también a amenazados de ETA.
MÓNICA CEBERIO BELAZA – Madrid – 23/06/2010
La nueva ley de víctimas del terrorismo tendrá efectos retroactivos: podrá aplicarse a actos cometidos a partir del 1 de enero de 1960 según la futura norma que en forma de proposición de ley están pactando el PSOE y el Partido Popular en el Congreso y negociando con el resto de los grupos parlamentarios, y que incluye también, como se había anunciado y como habían pedido los colectivos de afectados, la consideración de las personas amenazadas como víctimas -un policía en el País Vasco que una mañana encuentra una pintada en su casa; un guardia civil que encuentra su coche rajado; un empresario extorsionado…-. En plena polémica entre populares y socialistas -y, en el caso de estos últimos, entre ellos mismos- sobre la posible legalización de la izquierda abertzale si se desmarca definitivamente de ETA, las víctimas constituyen un punto de acuerdo entre ambos partidos en materia antiterrorista.
La nueva norma unifica prestaciones e incrementa su importe.
Las víctimas no tendrán contacto directo en el juicio con los imputados.
Organizaciones de víctimas, sindicatos policiales y asociaciones de la Guardia Civil se reunieron ayer en el Congreso con el director general de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, José Manuel Rodríguez Uribes, y con los diputados Antonio Hernando (PSOE) y Alfonso Alonso (PP). Las asociaciones han tenido acceso a la exposición de motivos de la futura Ley de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo y a un guión del texto normativo que se está ultimando y que se presentará el próximo jueves; también les han explicado las líneas maestras de la reforma legal, que podría aprobarse durante el primer semestre del próximo año.
La retroactividad hasta 1960 se ha incluido por la muerte de un bebé de 22 meses el 27 de junio de ese año tras la explosión de una maleta incendiaria colocada en la consigna de la estación de Amara, en San Sebastián. La banda terrorista nunca asumió la autoría del atentado. La primera víctima oficial de la banda terrorista es el guardia civil José Pardines Arcaya, de 25 años, el 7 de junio de 1968, año desde el que aplica la protección la ley vigente, de 1999.
La nueva norma unificará las prestaciones e incrementará su importe, según indica la exposición de motivos de la ley. El texto consagra también derechos en el ámbito del proceso penal. Las víctimas no se verán obligadas a mantener contacto directo visual con los imputados o acusados y habrá una oficina de apoyo a las víctimas en la Audiencia Nacional.
Se considerarán víctimas todos aquellos españoles que hayan sufrido atentados en el extranjero independientemente de que el ataque se haya dirigido o no contra intereses españoles. Así, un español que resulta herido en un hotel en Egipto por un atentado tendrá derecho a las ayudas, que se amplían también a los extranjeros que sean víctimas de un acto terrorista en España. Si el español víctima de atentado tiene su residencia habitual en el país en el que ha sufrido los daños, tendrá derecho a una ayuda del 50%; si no tiene la residencia habitual allí pero ha suscrito algún seguro, la cuantía será del 40%; y si no tiene ningún seguro será del 30%.
El texto establecerá un baremo con cuantías máximas y mínimas para las indemnizaciones por responsabilidad civil. Se intenta con ello introducir criterios objetivos que eviten que haya grandes diferencias entre las cantidades que deciden unos jueces y otros ante hechos similares. «La ley se inspira igualmente en el principio de igualdad, estableciendo criterios que garanticen un trato más equitativo en orden a la compensación», señala la exposición de motivos de la norma.
La ley ampliará también las ayudas para las víctimas del terrorismo a cuestiones que persiguen facilitar su inserción social y laboral. Tendrán, por ejemplo, cierta preferencia a la hora de optar a ofertas de empleo público y posibilidad de movilidad geográfica y funcional dentro del puesto de trabajo. En los planes nacionales de salud se incorporará un plan de atención y tratamiento de las víctimas.
Las asociaciones se mostraron ayer razonablemente esperanzadas con el borrador del texto legal. «Nosotros habíamos pedido específicamente la consideración de los amenazados como víctimas», explica José María Benito, portavoz del sindicato policial SUP. «Es una incorporación básica para muchos compañeros que viven situaciones de acoso contante en su día a día».
El número de víctimas del terrorismo en España lo cifró el Ministerio del Interior en un informe del pasado diciembre en 9.522 personas; de ellas, 1.382 fueron asesinadas. Las reparaciones concedidas hasta ese momento ascendían a 722.694.182 euros.
NOTA DEL EDITOR:
«EL CARÁCTER RETROACTIVO DEL ESTADO»
No me mal interpreten, ya que ante todo estoy a favor de cualquier iniciativa que favorezca a las víctimas de la violencia sea cual sea ésta. Tanto es así, que estoy completamente seguro de la necesidad y conveniencia de esta ley. De lo que ya no estoy tan seguro es de si nuestro Estado tiene claro este concepto con todas las víctimas, de hecho, no sé si lo tiene concretamente con todas las víctimas de la Guerra Civil y la posguerra española ya que hasta la fecha ha sido incapaz de legislar prácticamente una sola medida de garantías que favorezcan a las víctimas del franquismo. No les hablo únicamente de nuestros familiares enterrados, sino de aquellos que precisamente también padecieron amenazas, persecución, maltrato, violencia, expolio, exilio, secuestro y/o privación de libertad; y que al día de hoy ni tan siquiera una paupérrima Ley de La Memoria Histórica ha sido capaz de modificar y derogar una Ley de Amnistía (1977) que ha pasado a ser el bastión de la defensa de la impunidad y protección de los criminales y que por contrapartida desfavorezca, no reconozca y sea injusta con las víctimas del franquismo.
Con esto les quiero decir, que se me hace muy difícil comprender el papel de nuestros políticos (y hablo en general) cuando toman medidas de este tipo (e insisto, más que justas y necesarias); y mucho más, cuando lo hacen con carácter retroactivo. Es decir, la retroactividad en nuestro Estado y sistema sólo es válida y entendida cuando hablamos de víctimas a partir del año 1960, por tanto, en plena época de la dictadura franquista. Para las propias víctimas del sistema represivo y dictatorial franquista no hay retroactividad que valga, para ellos lo mejor es el olvido.
Curioso modo de entender el «Carácter retroactivo» para las víctimas de unos y otros. Aunque insisto en que me alegro por todas las víctimas y familiares perjudicados por el terror de E.T.A que se podrán beneficiar de esta medida, a la vez que también me entristece ver como se olvidan de los asesinados, desaparecidos, encarcelados, exiliados, perseguidos, expoliados, amenazados, reprimidos por condición ideológica o sexual, secuestrados, explotados, etc., etc. de nuestro más reciente pasado. ¿Para cuándo una ley contra la impunidad del franquismo y a favor de las víctimas? Con carácter retroactivo porsupuesto y sin prescripción de los crímenes y abusos cometidos.
Jordi Carreño Crispín
Vicepresidente de la A. I. La Memoria Viv@