Estrasburgo enmienda la plana al Supremo…

junio 25, 2010

Última actualización 23/06/2010

Hasta cuatro sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos avalan las tesis de Garzón en los crímenes del franquismo. Toda una clara línea jurisdiccional que arranca de Nuremberg y que obliga España a perseguir dichos crímenes.

NUEVATRIBUNA.ES / ISABEL G. CABALLERO 19.05.2010

Amén de muchas otras –que no por su menor dimensión dejan de tener su importancia-, cuatro son las sentencias fundamentales del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que avalan al juez Baltasar Garzón en la causa de los crímenes del franquismo.

Se trata de las dos decisiones adoptadas en el ’caso Papon’ contra Francia (1998) y el ‘caso Kolk Kislyiy’ contra Estonia (2006); además de las sentencias en el ‘caso Korbely’ contra Hungría (2008), y la más reciente de todas, el ‘caso Kononov’ contra Letonia (2009).

Todas ellas fundamentan la propuesta de ley “de verdad, justicia y reparación” elaborada por Miguel Ángel Rodríguez-Arias, profesor de Derecho Penal Internacional de la Universidad de Castilla-La Mancha, y sirven de base al auto del juez de la Audiencia Nacional para la investigación de los crímenes de la Guerra Civil y la dictadura, asunto que le ha costado la suspensión de funciones dictada por el Poder Judicial.

Entre todas ellas, la que ha vuelto a copar la atención mediática ha sido el ‘caso Kononov’, una sentencia de del 26 de enero de 2009 que ha vuelto a ser ratificada por Estrasburgo tras la protesta ejercida por Rusia. Y retoma actualidad en el marco del proceso que se sigue contra Garzón; es más, viene a avalar las tesis defendidas por el mismo. Estrasburgo enmienda así la plana al Tribunal Supremo en cuanto a la imprescriptibilidad de los crímenes contra la humanidad y la aplicación de la Ley de Amnistía de 1977.

La historia del derecho internacional en crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, contra la paz y genocidio viene de largo. Algunos antecedentes se encuentran ya en la época de los egipcios, pero no es hasta la Revolución Francesa cuando esas formas primigenias empiezan a evolucionar hasta culminar en la Convención de la Haya de 1898. En el caso Kononov, lo que hace Estrasburgo es “desautorizar expresamente al Supremo que viene a decir que Nuremberg no es aplicable para los crímenes del franquismo”, explica Rodríguez-Arias.

En los procesos de Nuremberg se fija que desde enero de 1933 los crímenes contra la humanidad son perseguibles. Nuremberg significa el “basta ya”, el “nunca más” de la comunidad internacional, llegándose incluso a enjuiciar a jerarcas nazis por conspiración en hechos muy anteriores al inicio de la Segunda Guerra Mundial, en concreto del año1923 cuando tras la refundación del Partido Nazi (1921) dirigido por Hitler encabezó el fallido intento de golpe de Estado contra la República de Weimar.

Dichos principios se elevan a rango de principios generales del derecho por resolución de la ONU de 1948. Y es en 1950 cuando el Convenio Europeo de Derechos Humanos en su artículo 7.2 establece que esos crímenes son enjuiciables y que Nuremberg es vinculante.

Llegados a este punto es necesario precisar una cuestión. El artículo 7.1 de dicho Convenio dice que “no hay delito sin ley previa”, pero su punto 2 es el que marca la excepción: ”El presente artículo no impedirá el juicio o la condena de una persona culpable de una acción o de una omisión que, en el momento de su comisión, constituía delito según los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas”. La interpretación es evidente aunque el Supremo la ignore: ambos preceptos del mismo artículo (7) deben ser interpretados de manera concordante; es decir, no hay delito si no hay ley previa, bien, pero si el delito es contra la humanidad queda anulado el 7.1. Esto es precisamente lo que el Tribunal Supremo no toma en consideración en el caso de Garzón además de decir que dichos crímenes (los del franquismo) ya están amnistiados.

El Convenio Europeo de Derechos Humanos fue ratificado por España el 10 de octubre de 1979 sin que el poder legislativo formulara reserva alguna sobre el 7.2. Entonces, “¿cómo es posible que si el Parlamento no pusiera objeción alguna lo haga ahora el Supremo?”, se pregunta Rodríguez-Arias, para quien el Alto Tribunal “se ha excedido en sus competencias”.

Por todo ello, hace ya mucho tiempo (exactamente desde cuando España ratificó el Convenio) que la jurisprudencia internacional obliga al Estado español a investigar y perseguir los crímenes del franquismo. Y no sólo no ha sido así, sino que además se da la “paradoja” de que Garzón está acusado de prevaricador por su intento de enjuiciar dichos crímenes.

A esto hay que añadir lo que marca la propia Constitución Española de 1978 respecto a que “las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España” (artículo 10.2); y que “los Tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones solo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios Tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho Internacional” (artículo 96.1).

PDF: Sentencia del caso Kononov

Nueva Tribuna:

http://www.nuevatribuna.es/noticia/36551/ESPA%C3%91A/estrasburgo-enmienda-plana-supremo.html


«En el cementerio no está mi hijo; ya no sé si está vivo o muerto»

junio 25, 2010

Las familias de los bebés ‘perdidos’ en Cádiz se organizan para aclarar el caso.

FERNANDO J. PÉREZ – La Línea de la Concepción – 25/06/2010

Sentada en el salón de su casa de Ronda (Málaga), María Mariscal, de 69 años bastante baqueteados, rememora el 26 de diciembre de 1967, día en que nació y murió su primer hijo, al que no pudo ni poner nombre: «Fue en el que llaman hospital de La Banqueta, oficialmente creo que se llamaba Fernández Cuesta. Me anestesiaron en la sala de parto. Una hora después de ingresar, una comadrona le dijo a mi marido que habíamos tenido un niño hermoso, de 5 kilos y 750 gramos. Mi marido esperó tres horas más, cuando volvió a salir la comadrona con cara de pena. Él pensó que me había pasado a mí algo por la anestesia; pero no, era mi hijo: le dijeron que se había muerto».

María y su familia nunca supieron qué se hizo con el supuesto cadáver

«Pedí ver el cuerpo, pero el médico dijo que no guardara una imagen así»

Cuando despertó de la anestesia y su esposo, agricultor de profesión, le contó la mala noticia, María afirma que se volvió loca: «Les pedí que me enseñaran el cuerpo, pero el médico me dijo que para qué, que no estaba en condiciones y que era mejor que no guardara una imagen así de mi hijo». María y su familia no recibieron ningún certificado de defunción y nunca supieron que se hizo con el supuesto cadáver. Solo saben que el enterramiento no está registrado en el cementerio de San José de La Línea de la Concepción (Cádiz). Tampoco tiene ningún documento del ingreso en el centro sanitario para el parto.

«Nadie nos dijo qué se iba a hacer con el cuerpo. Para mí, mi hijo cumple 43 años esta Navidad», asegura María. Esta mujer cree posible tanto que el niño no hubiera muerto y hubiera sido vendido o dado en adopción ilegal, como que efectivamente falleciera y sus restos no se encuentren por un macabro error del registro.

El fiscal jefe de Algeciras ha abierto una investigación para esclarecer una docena de hechos similares relatados por otras tantas familias que tuvieron hijos en los años sesenta en los hospitales de La Línea. Es el caso de Carmen R. L, que actualmente vive en Tenerife. El 14 de noviembre de 1968 dio a luz a un niño en la Clínica de la Inmaculada. «No lo oí llorar y me dijeron que estaba muerto. Unas personas que había allí nos dijeron a mi marido y a mí que no nos preocupáramos, que ellos se encargarían de todo».

En mayo pasado, tras ver un reportaje en televisión con casos de bebés perdidos, y aprovechando un viaje a la península, Carmen acudió al cementerio de La Línea, en el que no se había atrevido a poner los pies en 42 años. «Yo estaba segura de que mi hijo, al que pusimos Jesús, estaba allí enterrado. Cuando el señor que me atendió buscó en los libros de enterramientos, me dijo que en esos meses no había ningún niño con ese nombre ni con el nombre ni los apellidos de los padres. Fue una sensación horrorosa, se me quedó el cuerpo cortado. Ya no sé si está ahí o si está vivo o muerto».

Otra mujer de La Línea que vive con la misma duda y que no quiere dar su nombre, tuvo a su hija el 2 de septiembre de 1970 en el Hospital Municipal. Aunque está «convencida al 90%» de que la criatura falleció al nacer, alberga dudas razonables.

«Durante años le pregunté a mi marido dónde había enterrado a la niña; él, creo que para protegerme, me decía siempre que no se acordaba». Esta mujer, de una familia linense de toda la vida, decidió acudir al cementerio por su cuenta. «Descubrí que ni los datos de la niña ni los míos ni los de su padre constan en los registros de San José». También solicitó en el archivo municipal los expedientes médicos del centro sanitario. Recibió una carta de un archivero en el que decía que «entre el 20 de septiembre de 1970 y el 20 de julio de 1971 hay un salto» en los ficheros del Hospital Municipal, y que las pesquisas en el centro sanitario habían sido «infructuosas».

«Llevo 39 años preguntándome dónde está mi hija, porque en el cementerio me dicen que cualquier resto que entra se documenta perfectamente», afirma esta mujer. La única pista clara que ha conseguido es una declaración ante el Registro Civil de «alumbramiento de criaturas abortivas». En este documento, de cumplimentación obligatoria cuando un niño nace muerto, se especifica que su parto fue atendido por el ginecólogo Abelardo García Balaguer, uno de los más conocidos de la ciudad

Un enterrador del cementerio de San José, que tiene libros de registro desde 1913, afirma que durante los años sesenta los fallos a la hora de inscribir las defunciones o los cambios de ubicación de los restos eran relativamente frecuentes. «En los archivos a veces se ponía la palabra feto y no se inscribían más datos», asegura el sepulturero, al tiempo que afirma que en casi todos los casos, los restos de los recién nacidos se descomponen absolutamente en el plazo mínimo de cinco años que deben estar enterrados. «Los huesos apenas están calcificados y en el 99% de casos, cuando abrimos los ataúdes no queda ni polvo».

El País.com:

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/cementerio/hijo/vivo/muerto/elpepusoc/20100625elpepisoc_7/Tes

¿Recién nacido?

Un caso investigado en La Línea es el de Jesús Díaz Carrasco. En 1967 se dijo a la familia que el bebé había muerto y solo la abuela vio el cadáver. La mujer aseguró que el cuerpo -que muestra en la foto- no era el de un recién nacido-

Un caso investigado en La Línea es el de Jesús Díaz Carrasco. En 1967 se dijo a la familia que el bebé había muerto y solo la abuela vio el cadáver. La mujer aseguró que el cuerpo -que muestra en la foto- no era el de un recién nacido ni tenía las marcas de parto con ventosa, según cuenta la hermana del niño.


Parlamento navarro pide por unanimidad la elaboración de un mapa de fosas comunes de víctimas del Franquismo…

junio 25, 2010

PAMPLONA, 25 (EUROPA PRESS)

El pleno del Parlamento de Navarra aprobó hoy por unanimidad una moción por la que se insta al Gobierno de Navarra a firmar en el plazo de dos meses un convenio con el Ministerio de Justicia para la elaboración del mapa de fosas comunes de víctimas del Franquismo.

La resolución fue presentada conjuntamente por los grupos de NaBai, PSN, CDN e IUN, y a ella se sumó con su voto favorable el grupo de UPN. En la sesión plenaria estuvieron presentes representantes de la Junta de la Asociación de Familiares de Fusilados de Navarra.

En el texto aprobado se incluye un segundo punto en el que se insta al Ejecutivo foral a que, en el plazo de tres meses, elabore un protocolo de exhumaciones en línea con lo ya realizado por otras comunidades autónomas. «Dicho protocolo deberá tener en cuenta, como mínimo, un servicio de atención a los familiares de las personas fusiladas en Navarra y dar una solución digna y respetuosa a la inhumación de los restos de los cuerpos exhumados que no sean reclamados por ningún familiar», agrega la resolución.

El parlamentario de Nafarroa Bai Ioseba Eceolaza afirmó en la defensa de la moción que en Navarra hay cerca de mil personas desaparecidas y apuntó que la elaboración de un mapa de fosas «contribuirá al máximo a cerrar la herida de las víctimas».

Eceolaza afirmó que ésta es «una obligación moral donde no caben matices» y censuró que «sorprende que algunas instituciones y algunos partidos no reconozcan con normalidad el trabajo de exhumación que se está realizando».

Así, el parlamentario de NaBai abogó por la «restitución de una memoria asesinada, reprimida y ultrajada» y censuró que «la memoria de las víctimas del franquismo fue ocultada durante 40 años de dictadura, con una represión atroz, dramática y dura».

UPN, que había recibido previamente la crítica de los portavoces de la oposición, apoyó la resolución. El parlamentario regionalista Pedro Eza afirmó que «este acto es un deber de justicia para las víctimas, para las familias y para la sociedad, que necesita este gesto de reconciliación».

Además, Eza trasladó, «con todo el afecto, el respeto y reconocimiento a las víctimas» y aseguró que UPN trabajará «siempre para que prime la dignidad de todas las personas y avancemos sobre unas bases sólidas». «Nuestra democracia, que nació del diálogo y de la reconciliación, es imperfecta y deficitaria, y debemos construirlas sobre unas bases sólidas», agregó.

Por parte del PSN, Román Felones afirmó que «la Transición supuso un generosísimo acuerdo entre vencedores y vencidos y se resarció en parte la memoria de fusilados y represaliados exhumando fosas», pero indicó que «el problema está inconcluso y todavía tenemos una asignatura pendiente».

Así, Felones subrayó que es necesario «contribuir a cerrar con dignidad y con justicia un negro capítulo de nuestra historia» y afirmó que el PSN «hará todo lo que sea necesario para enterrar dignamente a los muertos». «Es el momento de sumar fuerzas, de cerrar un capítulo con dignidad y espero que haya llegado la hora de sumarse a este acuerdo», dijo, dirigiéndose a los parlamentarios de UPN.

Por su parte, el portavoz de CDN, Juan Cruz Alli, afirmó que esta moción busca «hacer efectivo el contenido de la ley de memoria histórica» y advirtió de que «no basta con decir que se respeta la Constitución si no se respeta su contenido material, y el artículo 9 de la Constitución consagra el principio de legalidad, y lo que eso supone es que la ley es el marco de actuación de todos los poderes públicos, incluso de los que se han opuesto al contenido de la ley». «Si no se cree en esa regla es que no se cree en el principio democrático», afirmó.

Finalmente, el portavoz de Izquierda Unida, Ion Erro, abogó por «reparar el daño que se ha producido contra la los derechos humanos, hoy, ayer, y en la historia» y consideró que «hay que reconocer la lucha por la democracia que muchos navarros hicieron contra un golpe militar». «Se les asesinó por pensar diferente, pero no sólo por pensar diferente, sino por pensar democracia, libertad, igualdad y fraternidad, por pensar lo que hoy reivindicamos los aquí presentes», dijo.

Europa Press via Yahoo! España Noticias