Caso Garzón: nadie debe ser juzgado por investigar violaciones de derechos humanos…

enero 20, 2012

El Tribunal Supremo debe tener en cuenta en el proceso las obligaciones de derecho internacional que pesan sobre España

Madrid.- El próximo 24 de enero comienza en el Tribunal Supremo el proceso judicial contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, en el que se persigue penalmente al magistrado, actualmente suspendido, por haber iniciado una investigación sobre violaciones a derechos humanos cometidas durante la guerra civil y el franquismo.

Amnistía Internacional considera escandaloso que un magistrado sea juzgado por buscar la justicia, la verdad y la reparación para las víctimas y los familiares de una violación masiva de derechos humanos. La investigación de los abusos contra los derechos humanos es una obligación de derecho internacional para el Estado español, incluyendo el Poder Judicial en su conjunto.

Al juez de la Audiencia Nacional se le acusa de un presunto delito de prevaricación por haber abierto una causa en la Audiencia Nacional para investigar la desaparición forzada de 114.266 personas entre el 17 de julio de 1936 y diciembre de 1951. A Garzón se le acusa, entre otras cuestiones, de no aplicar a sabiendas  la Ley de Amnistía de 1977 en la instrucción del caso.

Amnistía Internacional considera irrelevante que la investigación del juez Garzón infringiera o no la legislación nacional española, ya que es justamente la Ley de Amnistía de 1977 la que impide iniciar procesamientos por delitos de derecho internacional, la que supone un incumplimiento de las obligaciones contraídas por España en virtud del derecho internacional. Para la organización, jamás puede considerarse como delito la investigación de violaciones de derechos humanos, aún si para ello es necesario dejar de lado una ley de amnistía u otras normas relativas a la prescripción de los delitos.

Además, es profundamente preocupante la dilación que ha sufrido la investigación de los crímenes de desaparición forzada durante la guerra civil y el franquismo. Una de las investigaciones de Amnistía Internacional actualmente en curso, cuyas conclusiones definitivas se harán públicas este año, parece evidenciar que al menos cuatro procesos de investigación de dichos crímenes se han visto postergados y su avance ha sido condicionado a la decisión final por parte del Tribunal Supremo en la causa contra Garzón.

Tal investigación parece demostrar asimismo que los criterios utilizados para fundamentar los cargos contra el juez han sido esgrimidos por juzgados territoriales que investigaban los crímenes cometidos durante el franquismo para archivar masivamente los procedimientos. La organización considera que este hecho está afectando de manera grave los derechos de las víctimas y sus familias. 

Por otra parte, Amnistía Internacional urge a las autoridades españolas a que centren sus esfuerzos en revelar la verdad de los millares de desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y actos de tortura cometidos durante el franquismo y en proporcionar reparación plena a las víctimas y a sus familias..

En consecuencia, Amnistía Internacional insta al Tribunal Supremo a que se pronuncie en línea con las obligaciones de derecho internacional que pesan sobre España, aplicando los tratados internacionales suscritos por este país que prohíben la aplicación de la amnistía o la prescripción a los delitos de derecho internacional, entre los que figura la desaparición forzada de personas.

Información adicional

Los hechos que se cometieron durante la Guerra Civil española y la dictadura franquista eran ya reconocidos como crímenes de derecho internacional en el momento de su comisión.

Los efectos legales que se derivan de la condición de crímenes de derecho internacional son, entre otros, la imprescriptibilidad de la acción penal y la prohibición de aplicar amnistías o indultos a las personas responsables de tales conductas, hasta tanto se haya celebrado un proceso judicial independiente e imparcial donde se dilucide plenamente la verdad de los hechos y se diriman las responsabilidades penales correspondientes. 

La Ley de Amnistía de 1977 y otros mecanismos de impunidad han sido invocados expresamente para perseguir a un juez que ha intentado dar respuesta a víctimas de desaparición forzada y sus familias. El Comité de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura, de la ONU, han señalado que España debe revocar la Ley de Amnistía. Han reiterado a las autoridades españolas que la desaparición forzada y la tortura son crímenes por los que no pueden aplicarse amnistías y que no prescriben.
 A. I

http://www.es.amnesty.org/noticias/noticias/articulo/caso-garzon-nadie-debe-ser-juzgado-por-investigar-violaciones-de-derechos-humanos-1/


Auswitch y los 191 niños muertos en Gaza…

febrero 3, 2011

Recientemente, con motivo de la fecha conmemorativa, el ministerio de Asuntos Exteriores de España organizó un concierto en el Auditorio Nacional para recordar la liberación del campo de exterminio de Auswitch.

Como en Auswitch perdieron la vida 1200 republicanos españoles, el ministerio de Exteriores no encontró otra escolanía más apropiada para cantar en el citado auditorio que la de la abadía de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, monumento edificado por presos políticos republicanos para perpetuar la memoria de los caídos en la Cruzada de Liberación, tal como la santa Iglesia calificó el golpe de Estado de Franco, apoyado por Hitler y Mussolini.

Esa noticia vino a coincidir con la decisión de la Audiencia Nacional de archivar la denuncia presentada por el abogado sevillano Alberto Revuelta, en junio de 2009, por la muerte de 191 niños palestinos como consecuencia de los bombardeos israelíes contra la franja de Gaza. La que con macabra saña se llamó Operación Plomo Fundido, verificada entre el 27 diciembre de 2008 y el 18 de enero de 2009, fue emprendida por Israel con objeto de atacar la infraestructura de Hamas. El balance de víctimas se cifró en 1.387 muertos, de los cuales más de la mitad fueron civiles y 320 menores de 18 años, según la organización israelí de derechos humanos B’Tselem. En total, las Fuerzas de Defensa Israelíes (DFI) mataron a 191 niños.

Tanta efectividad en acabar con la siembra de vida de la población palestina en 23 días (a más de 8 niños abatidos por jornada), hizo que se cursara, en virtud de los principios de justicia universal que penalizan los crímenes de guerra, la denuncia correspondiente que ahora ha sido archivada gracias a la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (noviembre de 2009). El retoque de esa ley, fruto de la presión israelí sobre el ministro Moratinos, hace que ese tipo de denuncias por delitos de genocidio, lesa humanidad o piratería sólo sean juzgados cuando haya ciudadanos españoles afectados por los mismos. Obsérvese, sin embargo, que la denuncia del abogado Revuelta fue presentada cinco meses antes de que entrara en vigor esa normativa reformada.

Que la justicia retroceda ante esos crímenes, que afectan al común de la humanidad, me temo que es el camino más indicado para que Auswitch y otros nombres de las masacres puedan volver a inscribirse en la historia del porvenir. Sobre todo si se cuenta con la sensibilidad de un ministerio de Asuntos Exteriores como el nuestro.

Voz de memoria

Por Félix Población

(Público.es)