Por un normal cumplimiento del Convenio Europeo de Derechos Humanos en España para el caso de los desaparecidos del franquismo.

      Os enviamos, para vuestra adhesión,  el texto preparado por Miguel Angel Rodriguez Arias, excelente jurista y compañero.(Ver post anterior del día 23 de Junio 2009)

       En caso de no sepáis de él, deciros que es quien ha preparado toda la fundamentación jurídica sobre los «niños robados» del franquismo.

 

    Queridos amigos, os envío a título meramente informativo por el particular reconocimiento que me suscita vuestro trabajo y el de vuestras organizaciones –  sin pretender que, en ningún modo, constituya compromiso alguno para ninguno de vosotros la recepción de estas breves líneas –, la propuesta para la elaboración de un comunicado publico sobre los desaparecidos y la urgente necesidad de dar normal cumplimiento al Convenio Europeo de Derechos Humanos en nuestro país y a los deberes de “verdad, justicia y reparación” del sistema ONU.

 

1-       La idea sería ir reuniendo las adhesiones que cada cual pueda desde mañana por la noche al sábado de la semana próxima (facilitándolo desde webs, distribuir a los respectivos contactos de correo, conocidos, etc, cada organización haciendo constar su propio buzón de correo o mail de contacto).

2-       si me las hacéis llegar después las recogidas por cada cual a este mismo correo dentro del sábado por la noche de la semana próxima, el domingo por la mañana temprano las sumo todas y os envío de vuelta en un correo colectivo como este en respuesta a cada lista recibida, del total alfabéticamente ordenado de individuos y organizaciones firmantes,

3-       de modo que a lo largo de todo ese domingo cada organización que reciba mi correo por la mañana con el total, pone el comunicado en conocimiento ya de aquellos medios nacionales, internacionales, locales, regionales, páginas web, agencias, lo que sea, a lo que tenga alcance.

4-       Importante: aludir en todo caso a la iniciativa como una “iniciativa conjunta” de todos los firmantes, surgida de las mismas colectivamente y nada más. Empezando por copiar texto del comunicado y dar difusión desde vuestro propio mail y/o el propio mail de cada organización.

 

     Creo que puede ser una forma sencilla y descentralizada de gestión de recogida de adhesiones – cada cual como mejor le resulte –  y si conseguimos que salga bien como iniciativa de todos puede tener mucho más alcance nacional.

 

     ¿Podría ser esto que envío un texto básico aceptable de encuentro, cada cual desde su legítima perspectiva, articulando todo desde el Convenio Europeo de DDHH y los deberes de verdad justicia y reparación de las NU?

 

     , un abrazo, Miguel Angel Rodriguez Arias

 

 Por un normal cumplimiento del Convenio Europeo de Derechos Humanos en España para el caso de los desaparecidos del franquismo.

 

   Nuestra ley de la “memoria histórica” es la ley de una “vergüenza histórica”.

   El modelo de búsqueda, localización y exhumación de los desaparecidos del franquismo vigente hoy en España es el de la Orden de Franco de Mayo de 1940, copiado por nuestra ley “de la memoria”, no el del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el resto de instituciones internacionales.

  Por ello, como si España estuviese fuera de Europa, en vez de una “investigación oficial efectiva e independiente”, sin tardanza, y por propia iniciativa de nuestras autoridades nacionales – no de las familias –, como exige el Tribunal Europeo, tenemos una ley que es un laberinto jurídico, que no recoge ni una sola de las medidas requeridas por Naciones Unidas en materia de “verdad, justicia y reparación” y que no garantiza, en modo alguno, los derechos fundamentales de los familiares de los desaparecidos.

  Tras treinta años de democracia y Estado de Derecho España no ha cumplido, todavía, ni una sola de sus obligaciones en la materia, a pesar de seguir siendo en la actualidad el segundo país del mundo en cifras de desaparecidos, tan sólo superadas las 150.000 víctimas de nuestras fosas clandestinas – y el indeterminado número de niños robados por la dictadura – por las cifras del régimen de Pol Pot en Camboya.

 Lamentamos que en la elaboración de la ley nuestras autoridades hayan preferido seguir el sistema de garantía de derechos y libertades previsto por Franco al del Tribunal Europeo de Derechos Humanos o al de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, negando con ello, de forma contraria a la legalidad internacional, la normal aplicación en nuestro territorio de los artículos 2 y 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos a todas estas víctimas.

   Lamentamos que, con ello mismo, nuestras autoridades democráticas, no ya la sangrienta dictadura franquista precedente, vengan haciéndose responsables de la prolongación de una incertidumbre y sufrimiento de los familiares de los desaparecidos constitutivo de “trato inhumano” prohibido en los términos del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y se continúen desatendiendo obligaciones esenciales, recientemente reiteradas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

   Lamentamos que nuestro Gobierno no haya emprendido, todavía, medida alguna ante el caso de los “niños perdidos” del franquismo –  que la llamada ley “de la memoria” ni siquiera menciona – a pesar de tratarse de desaparecidos aún en vida, buscados por sus familias y para los que cada día que sigue pasando sin actuación de nuestras autoridades resulta, además, en una privación de su “derecho a la vida familiar” conforme el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y a la reagrupación de estas familias desgarradas por la dictadura.

 

     A la vista de todo ello, los firmantes del presente comunicado pedimos al Gobierno de España que cumpla con su obligación de dar normal aplicación en nuestro país al Convenio Europeo de Derechos Humanos, y a los deberes de “verdad, justicia y reparación”, respecto los desaparecidos del franquismo y sus familiares, comenzando por modificar la vigente ley para articular un sistema de búsqueda, exhumación e identificación de los casos de las fosas – y de localización de los “niños perdidos” – mediante una Comisión Nacional de Búsqueda de Desaparecidos conforme los estándares internacionales.

2 Responses to Por un normal cumplimiento del Convenio Europeo de Derechos Humanos en España para el caso de los desaparecidos del franquismo.

  1. Tofol dice:

    Podría adherirme a lo que se reivindica en el artículo, siempre que se sustituya «desaparecidos del franquismo», por otra expresión en la que se incluyan tambien a los desaparecidos de la otra parte contendiente, los derechos humanos, no entienden de legitimidad política de quienes los violan.

    Saludos

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    • jordicarreno dice:

      Los desaparecidos, lo son, sea cual sea su origen, y no hay distinción para las familias. Pero como no pretendemos adhesiones, sino recuperar la memoria de los olvidados durante más de setenta años, máxime, cuando muchos de ellos lo fueron durante la represión genocida del franquismo; y posterior a la guerra; y teniendo en cuenta, que hay más de 140.000 desaparecidos documentados; y que muchos de ellos están todavía en las cunetas, barrancos, fosas comunes, etc.; y nos quedan aún las sentencias sumarias y vergonzosas sin anular, etcétera, etcétera, (además con dificultades para investigar y exhumar incluso los que hay localizados); y teniendo en cuenta, que los del bando nacional encontrados, o no, tuvieron sus reconocimientos, mausoleos, calles, monumentos, pagas, emolumentos y otros tipos de consideraciones que no tuvieron los defensores y familiares del gobierno legalmente constituido de la II República (le recuerdo que fue derrocado por una sublevación y alzamiento militar, sangriento -independientemente de la eficacia y operatividad del mismo-), no procede la eliminación de la acepción «desaparecidos del franquismo», entre otras cuestiones, porque incluso así se lo han recomendado a los distintos gobiernos españoles desde la Transición ( a mi personalmente me gusta llamarla Intransición, eso y todo que reconozco el esfuerzo y valía de los políticos de la época) Naciones Unidas y otros estamentos y países democráticos; y teniendo también en consideración el Derecho Internacional (aunque se instaurase después de la Segunda Guerra Mundial – los genocidios, los crímenes de «lesa humanidad», las persecuciones por cuestiones políticas, religiosas y de sexo); hay una resolución a tal efecto de ONU, otro de Amnistía Internacional (hay un documento que puede consultar en estas páginas en referencia a lo mencionado); y otros de los distintos organismos legales como el de la Corte Penal Internacional; y así podría seguir hasta no acabar, lo dicho, mantenemos a todos los niveles la definición, al igual que esperamos que sea rectificada incluso por la RAE en su actual actualización. Todo esto sin contar exiliados, encarcelados o reprimidos policialmente, economicamente, judicialmente, etc.
      Entiendo también que es un tema delicado y que hay mucho que debatir al respecto, pero los argumentos a los hechos son irrefutables, independientemente de la lectura que se haga histórica de cada uno de ellos. Sucedió lo que sucedió, y hoy todavía no se ha solventado la situación y el problema (Por lo que la Transición sólo tapó temporalmente una situación forzando la ley del olvido y la desmemoria). ¿Qué hubiera pasado si la República hubiese mantenido su Gobierno tras ganar la guerra? Es algo que nunca tendremos la oportunidad de saber. Seguramente hubieran habido represiones y se hubieran fusilado a los responsables, cooperantes y participantes de más peso, o no, y sobre todo, está por ver es si se hubiera hecho una limpieza ideológica como la que hizo el franquismo. Está claro que los que lo argumentan así, es ante todo, porque les es mucho más fácil pensar que todos hubieran actuado igual, del mismo modo, así pueden adormecer las conciencias. Pero no sucedió nunca, y por tanto, es la hipótesis basada en el refranero….»Piensa el ladrón que todo el mundo es de su condición».
      Un saludo y gracias por su participación. Y por supuesto está invitado a seguir haciéndolo.

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